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miércoles, 5 de marzo de 2014

Lego denuncia a sociedad anónima de Costa Rica que usaba ese nombre

La sociedad anónima Multiservicios Lego PZ tiene un impedimento para realizar cualquier tipo de gestión luego de que la marca internacional Lego ganara una demanda en su contra.
La resolución número RPJ-049-2013 del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional ordenó la inmovilización administrativa de esta sociedad por el uso indebido, en su razón social, de la denominación de la marca registrada Lego. 
Hay otras sociedades anónimas que se encuentran en revisión por llevar dentro de su razón social la misma marca y se espera el pronunciamiento de la entidad en los próximos días, informó Oller Abogados, firma representante de Lego en Costa Rica.
Lego argumentó que no es correcto que esta sociedad se valiera del posicionamiento de la marca para crear su propia imagen. "Lego, conocida mundialmente por la fabricación y distribución de juguetes, solicitó este control en Costa Rica con el objetivo de proteger su marca. Como sus representantes, iniciamos un proceso de verificación que determinó que varias sociedades contenían dentro de su razón social la denominación 'Lego' –que es una marca registrada y mundialmente conocida-. Esto infringe varios artículos de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, así como el Código de Comercio", detalló Gabriela Miranda, abogada de la firma encargada. 
Sin embargo, los apoderados de la firma denunciada, Juan León Campos y Julio González Fallas, indicaron al Registro que la palabra Lego se debe al inicio de los dos apellidos (León y González) y que para evitar confusiones, agregaron las iniciales PZ. Indicaron que tampoco se dedican a comercializar juguetes o algún producto relacionado con la marca internacional. 
La sociedad cumplió los requirimientos debidos cuando se inscribió ante el Registro y en ese momento la entidad no le indicó que hubiera algún problema con el nombre.
Miranda comentó que, en su artículo 29, la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos especifica que una denominación social no puede incluir una marca que esté previamente inscrita en el Registro de Propiedad Intelectual, con el fin de no causar confusiones o prestarse para ellas. Esto aplica, incluso, cuando la sociedad anónima no se dedique al mismo giro comercial que el de la marca registrada, o que la marca se mencione sin "malas intenciones" dentro de la sociedad.
L a marca Lego, en sus diversas formas, está registrada en Costa Rica desde 1970. La sociedad inmovilizada y las otras son de constitución más reciente y, tras el control cruzado entre registros, se determinó que utilizan la palabra "Lego" en sus nombres de forma predominante, lo cual lleva a confusión.
"Con este fallo, podemos esperar procesos y resultados parecidos en el futuro. Es recomendable, entonces, que las personas se cercioren de que sus denominaciones sociales no contengan una marca registrada. Asimismo, los titulares de marcas registradas deben velar porque sus marcas no incluyan los de alguna denominación social previamente registrada. Todo lo anterior requiere acompañamiento de asesores legales especializados para llevar las investigaciones a buen término", concluyó Miranda.

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